Instrucciones Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA

Para mayor comodidad tiene la posibilidad de domiciliar los pagos correspondientes a los tributos municipales de vencimiento periódico y de notificación colectiva.

Instrucciones y referencias normativas

  • Este impreso deberá cumplimentarse por triplicado, un ejemplar se entregara en la entidad bancaria otro en las dependencias municipales quedando el tercero en  poder del interesado

  • Para mayor comodidad cumplimente uno y preséntelo en las dependencias municipales donde se le dará copia para la entidad bancaria y copia para el interesado

Referencias normativas:

 REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION

 Articulo .25.2 . << Los obligados al pago podrán domiciliar el pago de las deudas a las que se refiere esta sección en cuentas abiertas en entidades de crédito.

Para ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 38, dirigirán comunicación al órgano de recaudación corres­pondiente al menos dos meses antes del comienzo del periodo de cobro. En otro caso, la comunicación surtirá efecto a partir del periodo siguiente.

Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad de crédito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. En este último caso, la Administración deberá notificar el acuerdo por el que se declare la invalidez al obligado al pago y a la entidad colaboradora.>>

            Artículo 38. Pago mediante domiciliación bancaria.

La domiciliación bancaria deberá ajustarse a los siguientes requisitos:
  1. Que el obligado al pago sea titular de la cuenta en que domicilie el pago y que dicha cuenta se encuentre abierta en una entidad de crédito.

    En los términos y condiciones en que cada Administración lo establezca, el pago podrá domiciliarse en una cuenta que no sea de titularidad del obligado, siempre que el titular de dicha cuenta autorice la domiciliación.

  2. Que el obligado al pago comunique su orden de domiciliación a los órganos de la Administración según los procedimientos que se establezcan en cada caso.

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LIQUIDACIÓN IMPUESTO VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, IVT

Instrucciones: Autoliquidación.

Declaración de alta en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

INSTRUCCIONES

El impreso puede ser cumplimentado a máquina o a mano, con mayúsculas tipo imprenta.

Liquidación impuesto Vehículos de Tracción Mecánica, IVT

Para cualquier aclaración o consulta puede llamar al teléfono 916 661 778

INFORMACION

ESTA DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN SURTIRÁ EFECTOS PARA LA INCLUSIÓN EN El PADRÓN MUNICIPAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA PARA AÑOS SUCESIVOS.

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SOLICITUD DE CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL

Instrucciones

Cumplimente el impreso con los datos solicitados

Forma de presentación

  • Personalmente en el Ayuntamiento de Alcocer o en la oficina de Recaudación
  • Por correo electrónico a: alcocer@rgsa.es
  • Por Fax a: 949 355 001

Solicitud de cambio de domicilio fiscal

Si es requerido por el Ayuntamiento deberá  justificar el cambio de domicilio fiscal

 Referencias normativas:  LEY GENERAL TRIBUTARIA

Artículo 45.>>  “La Administración podrá exigir a los sujetos pasivos que declaren su domicilio tributario. Cuando un sujeto pasivo cambie su domicilio, deberá ponerlo en conocimiento de la Administración Tributaria, mediante declaración expresa a tal efecto, sin que el cambio de domicilio produzca efectos frente a la Administración hasta tanto se presente la citada declaración tributaria. La Administración podrá rectificar el domicilio tributario de los sujetos pasivos mediante la comprobación pertinente.”

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Contacto

Telf: 916 661 778
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RGSA, Empresa de Recaudación

RGSA SL RECAUDACIÓN, GESTIÓN Y SERVICIOS DE APOYO SL. (R.G.S.A., SL).

Empresa contratada para la Gestión de la Recaudación en Alcocer

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